La justicia peruana ha puesto punto final a los paseos turísticos en calesas tiradas por caballos en pleno corazón del Centro Histórico de Lima. Lo que durante años se presentó como un atractivo pintoresco para visitantes y locales ha sido calificado por los tribunales como una práctica incompatible con el deber de protección y bienestar animal.
Esta decisión judicial, que ha generado un intenso debate en la capital peruana, obliga a la Municipalidad Metropolitana de Lima a dejar de autorizar y mantener este tipo de servicio turístico en la Plaza Mayor y su entorno inmediato. El caso se ha convertido en un referente en la región y se alinea con una tendencia creciente, también visible en Europa, de revisar el papel de los animales en el ocio urbano y el turismo.
Un juzgado constitucional ordena el fin de las calesas con caballos
El giro lo ha dado el Primer Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima, a cargo de la jueza Sara Milka Meza Soria, que declaró fundada una demanda de amparo presentada contra la Municipalidad de Lima. El recurso fue impulsado por Sonia Córdova Araujo, abogada y presidenta del Instituto Peruano de Asesoría Legal del Medio Ambiente y Biodiversidad (Ipalema), organización dedicada a la defensa del medio ambiente y de los animales.
La resolución judicial prohíbe expresamente el uso de caballos en el servicio de paseo turístico en calesas dentro de la Plaza Mayor del Centro Histórico de Lima. El fallo ordena el cese inmediato y la cancelación definitiva de cualquier autorización, licencia o permiso que permita esta actividad, al considerar que vulnera el deber constitucional de protección y bienestar animal y el derecho a un ambiente equilibrado reconocido en la Constitución peruana.
En la sentencia se subraya que los paseos turísticos en carruajes tirados por caballos constituyen un “espectáculo de entretenimiento público”. Bajo esta categoría, la Ley N.º 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal, prohíbe el uso de animales cuando se les obliga a desarrollar actividades incompatibles con su comportamiento natural o se pone en riesgo su integridad física y su bienestar.
El juzgado recuerda que la propia Municipalidad de Lima, al emitir permisos para este servicio, asumió una posición de garante del bienestar de los animales. Sin embargo, concluye que ese papel no se ha cumplido de forma adecuada ni efectiva durante los años de funcionamiento de las calesas turísticas en la plaza.

Maltrato, pavimento duro y estrés urbano: las condiciones de los caballos
La demanda presentada por Ipalema sostiene que los caballos eran sometidos a jornadas prolongadas, a la tracción de calesas pesadas y obligados a desplazarse sobre un pavimento duro no adecuado para sus extremidades. Todo ello, según la abogada Córdova, ocurría sin una evaluación integral real de su estado de salud.
El juzgado recoge estos argumentos y detalla que los animales estaban expuestos a altas temperaturas, a la contaminación ambiental y sonora, así como al ruido constante y al tráfico intenso del Centro Histórico de Lima. El fallo apunta a que el impacto repetitivo sobre el pavimento puede provocar lesiones en articulaciones y extremidades, especialmente cuando se combina con cargas elevadas y recorridos prolongados.
La jueza Meza Soria también critica la forma en que la Municipalidad de Lima controlaba la actividad. Entre 2019 y 2022 solo se realizaron dos inspecciones sanitarias a los caballos que prestaban este servicio turístico, un nivel de fiscalización que el juzgado considera puramente formal y claramente insuficiente para garantizar el bienestar de los animales implicados.
De acuerdo con la resolución, no existían protocolos claros ni expedientes veterinarios completos que acreditaran el estado de salud real de los equinos. Las revisiones se limitaban, según la demanda, a valoraciones superficiales del tipo “se les ve bien”, sin exámenes clínicos ni informes técnicos detallados.
La sentencia además recuerda que la Ley N.º 30407 reconoce a los animales vertebrados como seres sensibles, capaces de padecer dolor, sufrimiento y estrés. Por ello, se insiste en que cualquier actividad comercial o recreativa que los involucre debe ser evaluada con rigor, y que el estándar de protección no puede ser reactivo, sino estrictamente preventivo, evitando esperar a que el daño sea evidente para intervenir.
La defensa de la Municipalidad de Lima y el choque de argumentos
Durante el proceso, la Municipalidad Metropolitana de Lima defendió la continuidad del servicio. La comuna argumentó que contaba con un marco normativo específico para la protección animal, citando la ordenanza N.º 1855 y su modificación mediante la N.º 2275, normas que regulan el trato a los animales domésticos en la ciudad y que, en teoría, promueven su salud y bienestar.
Según la versión municipal, los caballos utilizados en los paseos turísticos se encontraban “en buen estado físico”, se realizaba rotación de animales por turnos con intervalos de descanso y no se vulneraba el principio de protección del bienestar animal recogido por el Tribunal Constitucional. La MML sostuvo en todo momento que, a su juicio, “no existe maltrato animal” en esta actividad.
Sin embargo, la jueza concluyó que estas afirmaciones no estaban suficientemente respaldadas por una supervisión efectiva y continuada. El hecho de que en varios años solo se hubieran practicado dos inspecciones sanitarias oficiales fue clave para considerar que no había un control real sobre las jornadas de trabajo, el peso que arrastraban los caballos ni las condiciones concretas del servicio.
El fallo incide en que, tratándose de seres sensibles protegidos a nivel constitucional, las autoridades no pueden limitarse a verificaciones meramente administrativas o documentales. El control debe ser material y constante, con inspecciones en el lugar, registros veterinarios completos y una evaluación de riesgos que tenga en cuenta factores como el clima, el tipo de pavimento y la carga de trabajo.
La sentencia, de primera instancia, ha sido apelada por la Municipalidad de Lima, de modo que el caso podría llegar a una Sala Constitucional e incluso, eventualmente, al Tribunal Constitucional peruano. Hasta que se resuelva en instancias superiores, se plantea la posibilidad de solicitar la ejecución inmediata del fallo para evitar que la actividad continúe mientras se tramita la apelación.
Un proyecto turístico millonario frenado por el bienestar animal
El conflicto judicial tiene su origen en la autorización que la Municipalidad de Lima otorgó en 2019 a la empresa Sabrina Carruajes, para ofrecer paseos turísticos en calesas tiradas por caballos en el Centro Histórico. A partir de ahí, el proyecto fue ganando peso como parte de una estrategia municipal para reforzar la oferta turística en la zona.
En marzo de 2024, el organismo municipal encargado de la recuperación del casco histórico, Prolima, lanzó una licitación para desarrollar un servicio más amplio de traslado de personas en calesas dentro del Centro Histórico, con un presupuesto cercano a los 13 millones de soles. La idea era impulsar desplazamientos no motorizados, reorganizar determinados flujos de transporte y reforzar el valor patrimonial del entorno.
El proyecto fue presentado por el entonces alcalde Rafael López Aliaga como una iniciativa turística al estilo de otras ciudades patrimonio, citando ejemplos como Sevilla o Nueva York y defendiendo que se trataba de un circuito turístico, no de un servicio de transporte masivo. El objetivo declarado era colocar a Lima en el mapa internacional del turismo urbano patrimonial con un producto “de estándar mundial”.
Las críticas, sin embargo, no tardaron en llegar. Organizaciones de defensa animal y parte de la ciudadanía cuestionaron que se pretendiera impulsar una actividad basada en el uso de caballos en un entorno urbano tan exigente, en lugar de apostar por alternativas modernas como vehículos eléctricos, siguiendo la línea de ciudades que ya han iniciado procesos de transición para sustituir las calesas tradicionales.
Con la nueva sentencia en la mano, los planes de expansión del servicio de calesas han quedado en el aire. La resolución judicial no solo frena el uso de los caballos en la Plaza Mayor, sino que además lanza un mensaje claro: el turismo no puede utilizarse como pretexto para justificar prácticas que comprometan el bienestar de los animales.

Precedentes internacionales y guiños a Europa
La jueza Meza Soria respalda su decisión en jurisprudencia internacional y comparada, una referencia especialmente relevante si se observa lo que está ocurriendo en distintas ciudades de Europa y de América del Norte. En la sentencia se citan expresamente urbes como Chicago, Montreal, Bruselas o Málaga, donde se han prohibido los carruajes tirados por caballos por razones de bienestar animal.
En estos casos, las autoridades han identificado riesgos asociados al pavimento duro, la contaminación urbana, el tráfico intenso y las temperaturas extremas, factores también presentes en el Centro Histórico de Lima. Estas experiencias comparadas se presentan como un aval para el fallo, al demostrar que existe un reconocimiento internacional cada vez mayor de la incompatibilidad entre este tipo de espectáculos y la protección efectiva de los animales.
La resolución también alude a instrumentos internacionales y declaraciones éticas sobre la relación entre humanos y animales no humanos, como la Declaración Universal de los Derechos del Animal (UNESCO, 1978), la Declaración de Cambridge sobre la conciencia animal (2012) y diversas declaraciones de Lisboa, Brasilia y Toulon. Todos estos textos convergen en una idea: los animales son seres sensibles, capaces de sentir dolor y sufrimiento, y deben ser protegidos frente a usos que les generen daño innecesario.
En Europa, el debate sobre los carruajes turísticos se ha intensificado en los últimos años. Ciudades de alto atractivo patrimonial, como las ya mencionadas, han ido restringiendo o directamente vetando el uso de caballos en recorridos turísticos. En paralelo, se exploran soluciones como coches de aspecto tradicional impulsados eléctricamente, que tratan de mantener la estética histórica sin recurrir a animales de tiro.
El fallo de Lima se inserta de lleno en esta corriente internacional, y sirve como referencia para otros municipios latinoamericanos e incluso europeos que aún mantienen este tipo de servicios. El mensaje de fondo es que la protección del patrimonio histórico y el respeto a los animales no tienen por qué ser objetivos contradictorios, siempre que se apueste por alternativas tecnológicas y de gestión distintas.
¿Qué pasará con los caballos y qué supone para el turismo?
Más allá de la prohibición, una de las grandes incógnitas abiertas por la sentencia es qué ocurrirá con los caballos que hasta ahora se utilizaban para los paseos en calesas. La propia abogada demandante ha reconocido que existe una preocupación legítima por el destino de estos animales y por las condiciones en las que quedarán ahora que se suspende el servicio.
Desde Ipalema se insiste en que el bienestar animal no termina con el fallo judicial. La abogada Córdova ha señalado que seguirá el caso de cerca para conocer qué decisiones adoptan tanto la empresa responsable como la Municipalidad de Lima, y no descarta plantear propuestas específicas que garanticen que los caballos queden bajo protección adecuada y no sean derivados a otros usos igualmente problemáticos.
En paralelo, el fallo obliga al municipio a replantearse su modelo de turismo en el Centro Histórico. De acuerdo con la sentencia, las autoridades deberán buscar actividades alternativas que no impliquen la explotación de animales, fomentando un turismo que respete tanto el entorno urbano como la integridad de los seres vivos que lo habitan.
En el debate público ya se mencionan opciones como los vehículos eléctricos de diseño clásico, rutas peatonales reforzadas o sistemas de transporte ligero sin tracción animal. Algunos activistas señalan ejemplos como la ciudad de Cartagena, en Colombia, donde se ha comenzado una transición hacia coches eléctricos para sustituir a las calesas tiradas por caballos.
Mientras tanto, la sentencia de Lima se interpreta como un hito en la construcción de una cultura real de bienestar animal, que vaya más allá del mero formalismo y se traduzca en políticas públicas concretas, controles efectivos y cambios visibles en la forma en que las ciudades organizan su oferta turística.
El fin de los paseos turísticos en calesas con caballos en Lima no se queda en una anécdota local: reordena la relación entre patrimonio, turismo y bienestar animal, corta de raíz un proyecto millonario que chocaba con la protección de seres sensibles y se suma a una ola internacional —con ejemplos en ciudades europeas y americanas— que cuestiona el uso de animales en espectáculos urbanos. A partir de ahora, la capital peruana tendrá que demostrar si es capaz de reimaginar su atractivo turístico sin recurrir a la tracción animal, en línea con las exigencias legales y sociales que hoy marcan el paso tanto en América Latina como en Europa.